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Order (Auto)July 12, 2023

A- de 2023

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas

✓Claimant Sebastian Baloco Restrepo·Respondent Fondo De Reparacion De La Unidad Para Las Victimas Y El Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Bogota, Sala De Justicia Y Paz

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Conflicto Aparente De Competencia En Tutela
  • Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de competencia suscitado entre la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Barranquilla y el Juzgado 47 Penal del Circuito de Bogotá D.C.

Encontró la Corte que en el presente caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida que (i) la Sala de Casación Civil aplicó erróneamente las reglas de reparto previstas en el Decreto 333 de 2021 para declarar la nulidad de lo actuado en el trámite de la acción de tutela y, por esa vía, remitir las diligencias a la oficina de reparto de los juzgados del circuito, con lo que desconoció el principio de perpetuatio jurisdictionis y afectó la celeridad y eficacia de la administración de justicia, así como la protección de los derechos fundamentales del accionante y, (ii) los otros dos despachos declararon su falta de competencia por razones relacionadas con el factor territorial.

Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.

Se hace una advertencia a esta Corporación para que, en lo sucesivo, se abstenga de decretar la nulidad de lo actuado y de rechazar la competencia de acciones de tutela con fundamento en las reglas de reparto del Decreto 333 de 2021, para no incurrir en actuaciones que constituyan barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar, así, el goce efectivo de los derechos fundamentales.

Al Juzgado Tercero Civil del Circuito de Barranquilla se le advirtió que cuando se le envíe para la solución un conflicto de competencia que no le corresponde, debe remitirlo a la autoridad que, en principio, deba dirimirlo en virtud de las reglas establecidas en la Ley 270 de 1996, compiladas en el Auto 550/18.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 1 de marzo de 2023 proferido por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia en el marco de la acción de tutela promovida por Sebastián Baloco Restrepo contra el Fondo de Reparación de la Unidad para las Víctimas y contra el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala de Justicia y Paz.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-4413 a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.
  3. Tercero. ADVERTIR a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia para que, en lo sucesivo, se abstenga de decretar la nulidad de lo actuado y de rechazar la competencia de acciones de tutela con fundamento en las reglas de reparto del Decreto 333 de 2021, para no incurrir en actuaciones que constituyan barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar, así, el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  4. Cuarto. ADVERTIR al Juzgado
  5. Tercero. Civil del Circuito de Barranquilla que cuando se le envíe para la solución un conflicto de competencia que no le corresponde, debe remitirlo a la autoridad que, en principio, deba dirimirlo en virtud de las reglas establecidas en la Ley 270 de 1996, compiladas en el Auto 550 de 2018 de esta Corporación.
  6. Quinto. Por Secretaría General, COMUNICAR a la parte actora, al Juzgado 47 Penal del Circuito de Bogotá y al Juzgado
  7. Tercero. Civil del Circuito de Barranquilla la decisión adoptada mediante esta providencia.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.